Autor: Raquel Sierra Publicado: 04/03/2025 | 09:27 pm
El Ministerio de la Agricultura pone a disposición de los públicos internos y externo para su consulta el anteproyecto de Ley de Propiedad, Posesión y Uso de la Tierra, elaborado por un Grupo Temporal de Trabajo, a tenor del cronograma legislativo del país, que prevé su discusión en diciembre de 2025.
La consulta, prevista entre marzo y mayo de este año, promueve la construcción participativa de este instrumento legal, por todos los sujetos agrarios, campesinos propietarios y usufructuarios de tierras y otros vinculados con la producción de alimentos, así como la sociedad civil cubana.
Para esta consulta, el Ministerio de la Agricultura cuenta con el apoyo de los proyectos de colaboración internacional “Fortalecimiento de políticas para la seguridad alimentaria sostenible en Cuba” (POSAS), Incremento de la resiliencia climática de los hogares y comunidades rurales a través de la rehabilitación de paisajes productivos en localidades seleccionadas de la República de Cuba (IRES) y su agencia implementadora, la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).
Según dio a conocer el organismo rector de la agricultura en Cuba, se requiere que esta reforma de la legislación agraria vigente se realice también mediante actividades participativas, con enfoque de género y generacional y articule los esfuerzos institucionales para la adecuada implementación de lo propuesto.
Por su relevancia, la consulta pone énfasis en el sistema de la agricultura, específicamente a las delegaciones provinciales y municipales, centros de conocimientos, empresas, cooperativistas y productores agropecuarios y forestales. De igual manera a otros organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, universidades, asociaciones vinculadas a la temática y sociedad civil en sentido general.
El anteproyecto de ley, con 10 títulos y 113 artículos, apuesta por el incremento de las producciones, la entrega expedita de tierras, el reconocimiento y respeto de los derechos de propiedad y posesión en la tierra, el acceso a la justicia, reconocimiento de todos los actores económicos, el uso eficiente y sostenible de la tierra y el desarrollo rural en beneficio de los campesinos.
Entre los capítulos temáticos de la propuesta abarcan todo lo relacionado con la tenencia, incluidas las comisiones agrarias, con temas como Principios de la propiedad, posesión y uso; Del uso sostenible de la tierra para las actividades agropecuaria y forestal, formas de propiedad e inscripción de la tierra y bienes agropecuarios, de la propiedad socialista de todo el pueblo, los bienes agropecuarios, la trasmisión y permuta de tierra y bienes agropecuarios; la compraventa, donación y la transmisión, la sucesión por causa de muerte, la adjudicación de herencias y las Comisiones de Asuntos Agrarios.
La ley en preparación y consulta se propone establecer el marco general del régimen de propiedad, posesión, herencia y uso de la tierra y bienes agropecuarios por las personas naturales y jurídicas, para la adecuada regulación, gestión y administración de la tierra como medio de producción fundamental, en función del desarrollo de la producción agropecuaria y forestal, como base de la soberanía alimentaria, la revalorización de la ruralidad y la justicia social.
El anteproyecto incluye entre los principios de la propiedad, posesión y uso de la tierra premisas de la Reforma Agraria cubana, entre ellas, la proscripción del latifundio, el arrendamiento y la aparcería de tierras; el aprovechamiento al máximo del medio de producción fundamental tierra que tiene un carácter no reproducible y limitado; el desarrollo de la empresa estatal socialista y de la cooperación agraria; la eliminación de la dependencia del monocultivo agrícola;
la protección de la tierra de la enajenación a favor de extranjeros; la propiedad de personas naturales sobre la tierra hasta 67,10 hectáreas; promoción del acceso de jóvenes y mujeres a la posesión y uso de la tierra; la tierra para el que la trabaja; el derecho de tanteo o cualquier otro título en favor del Estado; y el desarrollo de la jurisdicción agraria especializada.
De acuerdo con la propuesta, la tierra “es el medio de producción fundamental de la agricultura, con distintos grados de fertilidad para la producción agropecuaria y forestal, con independencia de su medida y del régimen de posesión que se ostente”.
Junto a ese concepto, se incluyen otras definiciones para bienes agropecuarios, que comprenden equipos agropecuarios, las edificaciones, obras constructivas e instalaciones necesarias para el uso de la tierra; los animales de trabajo y los destinados a fines comerciales; las plantaciones, siembras, semillas, frutos y demás productos agropecuarios y forestales; los insumos empleados para la actividad agraria; y el dinero proveniente de los ingresos, liquidaciones y amortizaciones derivadas de la producción agropecuaria y forestal.
Por otra parte, el anteproyecto señala que la tierra que no se utilice en función del desarrollo de la producción agropecuaria y forestal se considera ociosa o deficientemente explotada, según corresponda, al no estarse empleando en producciones agrícolas, pecuarias, forestales o de frutales, salvo que esté sujeta a períodos de descanso con fines de rotación de cultivos, y la cubierta de malezas o plantas invasoras que no tenga una finalidad económica y productiva.