Autor: Tomado de Canobi Publicado: 29/03/2026 | 10:22 pm
Recientemente, el Banco Central de Cuba (BCC) autorizó a un grupo de empresas a utilizar activos virtuales en las operaciones de pago transfronterizas, siempre y cuando estas estén vinculadas directamente a su objeto social.
En Cuba, las reglas para el uso de criptomonedas en el territorio cubano fueron establecidas por el Banco Central de Cuba mediante la Resolución 215 de 2021, que regula el uso de determinados activos virtuales en transacciones comerciales, así como el otorgamiento de licencia a Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) para operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos, en y desde el territorio nacional.
De acuerdo con la Resolución 4/2026 del BCC, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria no. 46 de este año, esas entidades habían presentado una solicitud de autorización para utilizar esos activos virtuales, que fueron evaluadas por el Grupo de Criptoactivos.
Tras ese análisis se determinó que las operaciones propuestas representaban un interés socioeconómico para el país y se ajustaban a lo establecido en la legislación vigente por lo que se decidió aprobar las solicitudes.
En total fueron diez las entidades aprobadas, fundamentalmente mipymes son nueve: Ingenius Tecnologías, Dofleini, CEMA SolTec, Ara, DASQOM SURL y Pasarela Digital SURL (tecnológicas), El Asadito y La Calesa Real (gastronomía), La Meknica (transporte) y la empresa mixta de Productos Sanitarios S.A. Prosa.
La Resolución 4/2026, firmada por la ministra presidenta del BCC, Juana Lilia Delgado Portal, establece que esas empresas podrán realizar las operaciones de compra, venta, transferencia y custodia de activos virtuales exclusivamente a través de los (PSAV) con licencia del Banco Central de Cuba para operar en el territorio nacional y que queda expresamente prohibido realizar operaciones directas fuera de estas plataformas autorizadas.
Por otra parte, la autorización permite utilizar los activos virtuales solo para realizar pagos transfronterizos, en tanto, cualquier otro uso requerirá una nueva autorización y emplear solo los activos virtuales que el proveedor de servicios de activos virtuales con quien contrate tenga autorizado.
Las empresas autorizadas deberán rendir al Banco Central trimestralmente un informe de las operaciones realizadas, incluyendo montos, activos virtuales utilizados y PSAV a través del cual se ejecutaron.
La autorización, indica la resolución, tendrá una vigencia de un año, prorrogable previa solicitud del titular, con 60 días de antelación al vencimiento, y será revocada de forma inmediata en caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas.
Criptomonedas
Las criptomonedas surgen a partir del desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, explica en el artículo “Las criptomonedas en Cuba. Su importancia en la economía” la licenciada Liliet Díaz de Armas, profesora del Departamento de Derecho de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Central Marta Abreu de las Villas.
En ese trabajo, presentado en el Simposio Internacional “Desarrollo Humano, Equidad y Justicia Social", Díaz de Armas da pistas sobre el universo en el que Cuba se abre paso. Según explica, las criptomonedas funcionan en Internet como un medio de intercambio y utilizan técnicas de cifrado criptográficas para asegurar y verificar las transacciones, además de crear nuevas unidades.
A su vez, explica que son descentralizadas porque no necesitan ser controladas por ninguna institución o banco y se registran en la cadena de bloques (blockchain) y para acceder a esta cadena y efectuar movimientos de monedas digitales se necesitan claves públicas y privadas.
Para Cuba, considera la profesora, los criptoactivos constituyen una alternativa viable para burlar el bloqueo económico y financiero impuesto a Cuba por los Estados Unidos de América.








