Miércoles
10 de Junio  2026 

Cuba avanza hacia ley de la tierra

La propuesta incluye algunos conceptos y definiciones para una mayor comprensión y educación jurídica de la población cubana


Martes 09 de Junio de 2026 | 09:11:47 PM 

Autor

Raquel Sierra

La Asamblea Nacional del Poder Popular puso a disposición de la población el proyecto de Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal para recibir opiniones, sugerencias, propuestas de añadidos o eliminación, que tributen a una norma cercana a  la vida y a quienes exploten este valioso recurso.

Una vez aprobada por el parlamento en una próxima sesión, según establece el cronograma legislativo del país para 2026, la norma actualizará el régimen de propiedad, posesión, sucesión por causa de muerte y uso de la tierra, así como de cara a su adecuada regulación, gestión y administración.

La ley, indica el texto,  tendrá por  objeto  establecer  el  marco general del régimen de propiedad, posesión, sucesión por causa de muerte  y  uso  de  la  tierra  y  bienes agropecuarios  por  las  personas naturales  y  jurídicas,  para  la  adecuada  regulación,  gestión  y administración de la tierra como medio de producción fundamental, en función del desarrollo agrario, como base de la soberanía alimentaria, la revalorización de la ruralidad y la justicia social.

De acuerdo con la futura legislación, se entiende por tierra el medio de producción fundamental de la agricultura, con distintos grados de aptitud para la producción agropecuaria y forestal con independencia de su medida,  ubicación  y  del  régimen  de  propiedad  o  posesión  que  se ostente.  

En caso de que no se utilice en función del desarrollo de la producción agropecuaria, acuícola, forestal o tabacalera, se considerará ociosa o deficientemente utilizada, según corresponda.    Se calificará de  tierra ociosa aquella que no se utilice en la producción agrícola, pecuaria, forestal o de frutales, salvo que esté sujeta a períodos de descanso con fines de rotación de cultivos; así como la cubierta de malezas o plantas invasoras que no tenga una finalidad económica y productiva, indica el proyecto.  

El Artículo  19.1 establece que  la  tierra  es  propiedad  socialista  de  todo  el  pueblo, excepto las que pertenecen en propiedad a personas naturales o a cooperativas agropecuarias.  Esta no puede trasmitirse en  propiedad  a  personas  naturales  o  jurídicas  y  se  rigen  por  los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.

Por su parte, el Artículo 32.1  señala  que los campesinos propietarios de tierra, además de las obligaciones previstas en la presente Ley para el uso sostenible de la tierra, están obligados a mantenerla en productividad.

Con un total de 118 artículos, este documento regulará el uso sostenible de la tierra; los derechos de propiedad sobre la tierra y bienes agropecuarios; y de usufructo y las bienhechurías;  la trasmisión de la tierra y bienes agropecuarios;  la sucesión por causa de muerte;  la agricultura por contrato;  la conformación y funcionamiento de las comisiones de asuntos agrarios, en sus diferentes niveles, así como las atribuciones de los organismos de la Administración Central del Estado en materia de propiedad, posesión y uso de la tierra y bienes agropecuarios;   el procedimiento administrativo sancionador; y la solución de conflictos en materia agraria.

El texto que se somete a consulta pública aborda entre sus capítulos los contratos de compraventa, de sucesión, permuta y donación;  las Comisiones de Asuntos Agrarios en sus diferentes niveles, desde el nacional hasta el municipal; la entrega de tierras, la construcción de bienechurías, el procedimiento administrativo sancionador y la solución de conflictos en materia agraria.

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